El Abogado Litigante Frente a las Nuevas Tendencias del Ejercicio de la Profesión

Ponencia del Lic. Rubén Elías Rodríguez Ávila durante el 1er. Encuentro Nacional de Estudiantes de Derecho, 30 de Mayo 2012

Cuanta satisfacción  llena nuestro espíritu de abogado y servidor de todos ustedes,  el poder compartir esta mañana,  una visión que además de estar inspirada en  el propósito de  expresar  pensamientos   muy propios de los que tratamos de llenar el cometido de la abogacía  y  responder a los  desafíos de lo que significa ser  abogado litigante en nuestros tiempos, seguimos  viviendo muy profundamente los ideales, propósitos y   finalidad del derecho concebido   como estructura establecida  para garantizar esencialmente  la paz social,  y  de este modo,  satisfacer los fines  algunas veces inalcanzables de la justicia.  

Posiblemente, sus excelentes profesores, dependiendo de sus conceptos sobre lo que es el ejercicio  de la profesión de abogado,  y  de su mayor o menor compromiso con los valores,  han podido ofrecerles algunas ideas.  Sin embargo, esta es una valiosa  oportunidad  y deseamos aprovecharla,  ya que sentimos que nosotros también debemos hacer nuestros aportes conforme a nuestras modestas ideas y experiencia acumulada durante más  de treinta y cinco  años (35)  en el litigio  de los casi cuarenta años  en el permanente  bregar jurídico.  Y de la manera más sencilla posible,  poner a  la abogacía y específicamente a los futuros  abogados litigantes en perspectiva. 


Se  trata  un poco de  reflexionar con ustedes que con tanto entusiasmo  tienen fincadas  sus  esperanzas en esta brillante profesión de la abogacía,   y han decidido asumir la responsabilidad que le es propia a nuestra profesión,  de preservar y defender aún a costa de sus propios intereses los valores estructurales de la sociedad,   inexorablemente  ligados   al   estado de derecho,   que debe ser  su  pilar fundamental y que por la propia esencia y razón de existir de nuestra profesión,   debemos construir cada día y preservar por siempre.  

No hay manera a nuestro  juicio,  de ejercer el derecho, de reclamar contra las injusticias, si previamente no hemos construido y fortalecido  un sistema de derecho capaz de renovarse y perfeccionarse,  tomando como elemento consustancial el desarrollo armónico de la sociedad.  

Agradecemos muy especialmente al Instituto Colombo Panameño, que es el portaestandarte de la academia y de la  orientación jurídica procesal  panameña,  a su  presidente el Profesor Abel  Zamorano, a su Secretario y Coordinador  Nacional de Semilleros, profesor  Enrique Navarrete C.,  la deferencia que nos  han hecho al  concedernos  la oportunidad de tan selecto auditorio. 
Y sin más,  procederemos a ofrecerles algunas reflexiones sobre el tema que se nos asignó que se intitula:

“EL ABOGADO LITIGANTE FRENTE A LAS NUEVAS TENDENCIAS  DEL EJERCICIO DE LA PROFESION”:

I.              GENERALIDADES:
El derecho como norma social está pensado como normas de aplicación de carácter  general que cobran vida únicamente  cuando entran en contacto con la realidad social, con la conducta y hechos del hombre o de la naturaleza.

Su efectividad  es entonces determinada por la aceptación y cumplimiento  voluntario y pacífico  de su mandato por la persona sobre  quien recae la obligación jurídica de hacerlo,   y en su defecto, por su  resistencia  a  cumplirlo.  Esto último, es lo que determina la existencia de una controversia que en términos civilizados debe someterse al sistema,  y esencialmente,  al procedimiento determinado por la ley.

Es en este punto, jóvenes,  que nos enfrentamos a la  primera afirmación  que a nuestro entender,  ofrece el fundamento esencial de la existencia  e importancia transcendental del proceso como la vía jurídica y constitucional que determina la concreción o realización  efectiva del derecho. 

Y,  es que  la norma sustantiva fría y regulatoria, solo tiene efectividad y vida  cuando después de agotadas las exigencias  de la ley procedimental,  un fallo jurisdiccional la reconoce como derecho probado en juicio y le da  ejecutabilidad frente a una pretensión deducida en juicio.    

Pero todo este proceso dialectico solo es posible cuando alguien llamado abogado, y en este caso, ese personaje jurídico llamado Abogado litigante, ya sea como  petente o resistente, o en otros términos como  demandante o demandado,  pone en movimiento la estructura de resolución o decisión  de eventuales conflictos jurídicos  y hace que el derecho cobre vida en la realidad  social.

Dentro de todas las ramas del derecho, sin exclusión de especialidad, debe existir ese jurista que entiende de los fundamentos profundos de la normativa y sus propósitos y fines.  Pero,  para que ese derecho, repetimos, cobre efectividad debe también y esto es de igual importancia, conocer  de procedimiento.

El proceso y las reglas del procedimiento determinan el reconocimiento del derecho sustancial y cualquier error en procedimiento, cualquier falla procesal, puede determinar su desconocimiento temporal o definitivo. De ahí, que el Derecho Procesal en nuestros días ha reclamado con toda razón su autonomía  como una de las más  importantes ramas del derecho.

Por eso también, es que a los que desde la academia y desde los distintos foros nos dedicamos al litigio,  debemos ser entendidos en el derecho procesal y desde esa óptica,  no se concibe a un litigante exitoso  que no sea procesalista competente y  dedicado a la ciencia del derecho procesal.

Partimos así afirmando que un abogado litigante, idealmente, debe ser un jurista entendido profundamente en el  derecho procesal. Es decir, debe entender y aplicar con capacidad jurídica interpretativa y argumentativa las reglas procedimentales que en su mayor parte se hallan recogidas en el Código Judicial y las establecidas en las leyes especiales correspondientes.

ll. El abogado litigante actual:
 Formuladas las anteriores precisiones, consideramos de interés dejar establecido frente a ustedes que se abocan  tan  entusiastamente a ingresar   en el mundo forense,  realmente  ¿Cuál es la condición de abogado litigante en nuestro país? 

Partimos señalando que casi se ha convertido en una especie de soneto,  en mi mayor, perdonando la referencia tan ignorante  al pentagrama musical, que ya casi nadie quiere litigar.  Usted  pregunta a los colegas que han venido compartiendo este impredecible trajín por  años  y  le manifiestan que ni siquiera quieren acercarse por los tribunales.  Que eso es cosa de otra gente y de otros tiempos.    

Que para ellos el litigio se ha transformado en una especie de reto a la paciencia y  la ignorancia.  Al profundizar sobre razones de orden forense, en  grado de confianza coloquial  y personal,  generalmente  nos  dicen:

Primero:   Los juicios se han convertido en una especie de acertijo jurídico. Usted no sabe qué invento,  triquiñuela o sorpresa  le tienen preparados la contraparte  y en   algunos casos, el propio  tribunal.  El Código o normas que aplican y su interpretación son distintos a lo que razonadamente uno cree,  fundándose en el mismo código o normas. No hay, pues,  según afirman,  la llamada seguridad jurídica.

Segundo:   Para pretender vivir o derivar ingresos de los pleitos se necesita tener espíritu de faquir.  Pues, los juicios demoran tanto que es mucho más posible morirse de hambre o de desesperación, que lograr una sentencia y un verdadero milagro,  si ésta  es justa o  apegada a la ley.   

Tercero: La corrupción rampante que en todos los niveles que   se percibe  en relación a los juicios,  unida   a  las interferencias políticas y  las influencias,  colocan a los profanos abogados que confían en la ley,  en evidente desventaja frente a esas y otras realidades político-sociales.

Pero, al preguntarles,  ¿Qué hace usted como abogado para poner remedio a esta señalada y triste situación de que se queja?  La respuesta, es siempre la misma.  “Pues, nada……… yo no voy a morir de estrés, ni del corazón y mejor dejo de litigar”.

Siento  lo anterior, queridos jóvenes,  excusando a los abogados litigantes con problemas serios de salud,  como una especie de abandono del campo de batalla,  y como cesión  cobarde de espacio y fuerza a la arbitrariedad.  Abrigo la esperanza de que con  esa fuerza que  percibo  en ustedes y que llena este salón, se vislumbra y asegura  un mejor futuro de lucha.  

El gran maestro y filósofo alemán Rudolf Von IHERING  escribió una extraordinaria  obra llamada “La lucha por el derecho”  Este clásico del derecho no es más que la demostración racional que el derecho es una eterna lucha contra la injusticia donde los abogados debemos jugar nuestro papel en esas encarnizadas batallas que jamás tendrán fin.

En tal sentido afirma el maestro alemán: “Esta lucha durará tanto como el mundo, porque el derecho habrá de prevenirse siempre contra los ataques de la injusticia”.   No podemos bajo ningún concepto ceder a la arbitrariedad.  Es nuestro deber luchar en todo momento por la justicia, por el respeto de  la ley y  los derechos fundamentales. 

Dondequiera que la ley no esté en armonía  con lo justo debe ser cambiada.  Dondequiera que oficie un profanador  de la ley  o corrupto, debe ser reemplazado y sancionado.   Dondequiera que aparezca un abogado violentando dichos principios,  debe ser censurado, sancionado  y expulsado de esta tan  noble profesión. Estos deben ser nuestros principios   y ese debe ser nuestro compromiso profesional.  Si no es así, no tiene sentido ser abogado y la abogacía deja de tener razón de existir.

No quiero decir  que todo está perdido y no  se interprete que pretendo afirmar que los abogados litigantes somos una especie en extinción.  Tampoco que las razones ofrecidas por los respetados colegas para su abandono sean todas fundadas.    

Me congratulo porque todavía  hay muchos y buenos abogados en Panamá  litigantes y no litigantes  y también  en todo el mundo,   que no han perdido la fe.  Que siguen en la lucha por el derecho, que no ceden paso a la injusticia.  Que se han convertido en  adalides de los valores sociales y políticos y que jamás renunciarán al altísimo honor de ser defensores del orden jurídico y social.  Y ese es el reto que tienen ustedes frente a esta carrera que libremente han  elegido.

En síntesis, nuestra percepción es que gracias a los desequilibrios y contradicciones políticas de los últimos años donde juega un papel importante el modelo económico, el populismo a ultranza y  la desintegración moral,   en nuestro país  se produce una tendencia muy marcada  al  leseferismo clásico. 

Por ello,  tenemos que renovar nuestra voluntad y entusiasmo.  Nosotros  somos un gran país. Tenemos las estructuras políticas para construir instituciones sólidas donde  nadie   se burle de la ley.   Imposible para  mí es aceptar que todos los jueces son corruptos.

Imposible para mí es  también apoyar la absurda tesis de que la culpa de la mora judicial está absolutamente en los jueces, tampoco puedo aceptar que  el tráfico de influencias pueda ser el fiel de la balanza  de las decisiones judiciales.  Hay muchos factores que determinan la producción de esa percepción y cuando se hurga a fondo, no es más que una percepción por lo general   creada artificialmente y  por distintos  medios,   totalmente  carente de toda acreditación responsable.   

Pero, en todo caso,  contrarrestar estos factores o estas posibilidades está en nosotros los abogados,  que somos la vanguardia en el campo de la realización de la justicia  y  fundamentalmente,   en la ciudadanía que debe rescatar y  reafirmar sus valores a través de  una  vigilancia permanente y acuciosa de la conducta de los funcionarios  públicos,  desde  el más encumbrado hasta el de  menor jerarquía.  

Si no hay cumplimiento de la ley, los abogados debemos ser los primeros en advertirlo y denunciarlo, si no hay valores en la sociedad, la ciudadanía tiene el deber de  recuperarlos e imponerlos para garantizar su propio orden.

Pero, lo que resulta inadmisible es renunciar a un deber ineludible que nos impone nuestra propia formación, profesión  y  destino histórico.  Hace menos de dos días,  mientras asistía a un interno en la Joya,  en uno de los murales de  anuncios leí con mucha atención uno   que decía: “La pereza tiene como consecuencia la pobreza”  Así que,  no nos dejemos vencer por la pereza,  la desidia o el conformismo porque pasaremos a ser pobres abogados.

El reto constructivo está en que si hay problemas que resolver, pues, debemos resolverlos.  Pero, se preguntarán y me cuestionarán  ustedes: ¿Cómo hacerlo?  Si  por todos lados se nos presentan los insalvables intereses personales y políticos.  

Si  todo parece estar estructurado para  favorecer la sinrazón, la arbitrariedad  y el oportunismo.  Si precisamente ese ordenamiento jurídico descansa y es manejado  estructuralmente por  los propios perversos.  

Pues, les diré, que el poder de la organización y  la fuerza que nos da a los abogados la facultad  de tener acceso   a la estructura jurídica de un país,  nos convierte en un verdadero e innegable  factor de presión social determinante,    si realmente deseamos plantear la lucha frontal  por el respeto al  estado de derecho.  

No obstante, preciso es plantear la unidad de lucha y de compromiso, solo posible a través de organizaciones  profesionales de abogados que asuman un verdadero compromiso por el adecentamiento jurídico del país. 

De eso, le hablará con especial dedicación, entusiasmo  y autorizado conocimiento,   el  colega el Licenciado José A. Brenes, cuando se refiera a la agremiación profesional y colegiación universal como forma de expresión y  de fortalecimiento  profesional.

lll. La regulación del ejercicio profesional de la abogacía:
            Definitivamente que vivimos momentos en que en nuestro país  se hace  necesario establecer  mejores  criterios de regulación que definan el alcance, responsabilidades profesionales, valores éticos  y  actuación en general   del abogado de este siglo. 

Reglas o acuerdos interpares   que sirvan al propósito de integrar  las mejores prácticas gremiales que han  elevado  el  nivel y  prestigio  de la abogacía a nivel mundial.    Nuestro país ha vivido desde la aplicación de la legislación colombiana hasta la  regulación vigente  de la profesión de abogado  mediante distintas  leyes dictadas por la República en  distintos momentos históricos,  un renovado interés de mejorar y elevar el prestigio y alto sentido social  de la abogacía.   

La ley 9 de 1984 reformada por la ley 8 del 16 de Abril  de 1993, que originalmente contemplaba la colegiación profesional lamentablemente declarada inconstitucional en lo relativo al mandato de ser colegiado únicamente en el Colegio Nacional de Abogados,   vuelve a ponerse en el tapete legislativo  de estos días   con renovada fuerza y justificación.

Es un hecho cierto  e incuestionable, que el ejercicio profesional de la abogacía que en mayor grado recae en el abogado litigante,  implica el cumplimento de responsabilidades legales y éticas de gran trascendencia social.

En nuestro medio forense, fue recientemente aprobado un nuevo Código de Ética y responsabilidad profesional del Abogado panameño, que es un paso firme de nuestro gremio en la elevación  y dignificación de nuestra  profesión. 

Estas normas disciplinarias son aplicadas conforme a la ley,  a todo abogado que ejerza la profesión en nuestro país,  independientemente de si es o no miembro del Colegio Nacional de Abogados de Panamá.  Constituye un verdadero avance y ejemplo que los abogados agremiados ofrecemos a la sociedad en general.  

Este Código debe ser un instrumento  conocido y manejado por todo estudiante de derecho y puede ser obtenido en la Web del Colegio Nacional de Abogados de Panamá.

lV.  Las nuevas tendencias en el Ejercicio Profesional de la Abogacía en Panamá.
            La mayor parte de la vida republicana, después de la aprobación de la codificación nacional (1917-1925),  la abogacía panameña y básicamente los juicios o litigios se desarrollaban  conforme a las  normas formales  de la escritura. 

Poco a poco se  incorporan reformas a las leyes de procedimiento que permiten cambios importantes en cuanto a las formalidades inherentes a los juicios mucho  más levemente en el campo civil, donde se inicia con procesos especiales en esos tiempos como los juicios de alimentos y de policía.   

En el  campo  laboral se crean las Juntas de Conciliación y Decisión con procedimientos esencialmente orales.  La jurisdicción marítima  nos trae  novedosos cambios procedimentales  donde la oralidad y los principios de economía procesal e inmediación del Juez,  significan  un verdadero avance en el litigio marítimo especializado.  

En el sistema en  general,  se hace presente un mayor ingrediente de oralidad en los procesos, una mayor participación del Juez en el debate y dirección del proceso,  y en el ejercicio de   los  conceptos de apreciación probatoria se introduce  la llamada  sana crítica del juez,  que  aparece en nuestro ordenamiento jurídico como medio de equilibrar el excesivo rigor formal probatorio determinado en las normas.

Si hemos de advertir las nuevas tendencias en el  ejercicio de la abogacía en lo que concierne  al ejercicio profesional dentro del quehacer  de los abogados litigantes, debemos convenir que las que con mayor relieve y connotación se aprecia es la marcada y definitiva  tendencia  hacía la oralidad y  la más efectiva  participación e inmediación del Juez en los  procesos.

La acumulación de procesos,  sobretodo en el campo  penal, y la amenaza real de un congestionamiento fatal de la administración de justicia, además del reconocimiento de falencias que denuncia el sistema inquisitivo o mixto,  en cuanto al reconocimiento de derechos fundamentales de los justiciables, han determinado el llamado Proceso Penal Acusatorio  o adversarial,   que repunta en nuestro sistema de administración de justicia como fórmula viable para salir de la crisis que experimenta el sistema. 

Actualmente, este experimento judicial para ventilar procesos penales está siendo aplicado en las provincias de Coclé y Veraguas con resultados bastante aceptables.  En los próximos años se pondrá en vigencia en las restantes provincias del interior del  país,  y finalmente,  se pondrá en  vigencia,  según se tiene programado en las provincias de Panamá, Colón y Darién y Comarcas del  Este   en el año 2014.

Fuera del reto que constituye la actualización y necesario estudio y adaptación en cuanto a los litigios que demanda   este nuevo sistema de juicios penales, los abogados litigantes  también estamos llamados a tomar en cuenta para la  efectividad de nuestro ejercicio,  la adaptación a cambios importantes que se han dado en los sistemas de administración de los expedientes  en los tribunales.

La implementación de Registros Únicos de Entrada, (RUE) la tendencia hacía la centralización de las comunicaciones de los tribunales con  oficinas especialmente dedicadas a esas labores,(CCJ),  nos pierden algunas veces y en  muchas oportunidades   perdemos también  de vista el camino de las actuaciones procesales relacionadas con los procesos.     

La tendencia actual  es  la especialización y la utilización de las herramientas tecnológicas de comunicación.  Ello ha determinado que un abogado que no maneje adecuadamente el internet,  podría tener serias limitaciones para darle atención a procesos que se han incorporado plenamente a la Web como los de comercio y marítimos.  

De suyo, la práctica de la presencia del abogado litigante en los estrados, por lo menos en estos procesos,  cada día es menor y está limitada a ciertos actos procesales  donde la presencia de las partes o de sus apoderados  resulta  imprescindible.

Conjuntamente con esos cambios de actuación y orientación práctica, el afán litigioso también se ha visto intervenido por  las especialidades en las distintas ramas del derecho. 

Anteriormente,  los abogados prácticamente ejercíamos en todos los campos, no solo porque los juicios generalmente iban a parar  un engranaje judicial único, sin especialización aparente;  sino porque el propio desarrollo social y jurídico  no había determinado los nuevos caminos.  Hoy, existe una clara tendencia hacía la especialidad. 

Hasta el Código de  Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado prohíbe el anunciarse o manifestar especialidades que no se tienen.  Pues bien,  al instaurarse nuevas jurisdicciones como la de Comercio con todas sus ramificaciones,  Familia y  de Menores, Asuntos Migratorios, Asuntos del Consumidor, Seguros, Contrataciones Públicas, etc. etc.,  se produce una innegable proyección a hacía la especialidad y se reduce el campo de acción del profesional del derecho a aquellos campos de gestión donde puede ofrecer un mejor y mas capacitado y eficiente  servicio profesional. 

Parece ser, que el destino de aquel abogado de saco sudado  y maletín repleto de esperanzas y más que todo  de papeles  y de código bajo el brazo,  curtido por el manoseo,   y  de actitud siempre dispuesta a la batalla legal  con las normas y citas a flor de labios para invocarlas como espadas en las controversias judiciales para  luego  regocijarse en su interpretación y acogida favorable,  tiende a desaparecer. 

Lo  remplaza un nuevo profesional con cualquiera de las herramientas  tecnológicas de comunicación,  llámese como quiera, que con el simple  tacto entra en comunicación con el todo jurídico. 

Tan es así, que muchos viejos no nos hemos dado cuenta que ni siquiera hay que cargar los pesados Códigos y que si bien el buen proyecto de justicia sin papel iniciado por la Corte Suprema de Justicia hace algunos años  no ha avanzado como se tenia tan entusiastamente proyectado, pues, no deja de ser un propósito que impondrá sus condiciones y efectos en los  asuntos judiciales generales del país dentro de poco tiempo,  porque hacía allá definitivamente nos dirigimos.

En todo este acontecer,  no podemos pasar por alto, el incremento incontenible del numero de abogados que determina una intensa competencia que impone como necesaria tendencia,  la estricta aplicación de reglas de convivencia profesional determinadas por la plena y estricta  observación de las Reglas de Ética Profesional. 

Si como abogados no respetamos estas reglas básicas, cada día la profesión pasará a ser  parte de la oferta y la demanda donde se impondrán los principios mercantiles antes que los de los valores y la necesaria preservación  institucional del país que debe ser un cometido esencial de un buen ejercicio conforme a nuestro sistema jurídico. 

Pero,  toda esa avalancha  de innovaciones y nuevas proyecciones  parecen que no van a la esencia del problema.  Las maquinas no pueden pensar, pueden ayudar a enriquecer la información que ahora para los menos avisados como su servidor  se llama data. 

Los conceptos fundamentales y de conducta social  y de valores siguen ahí, pendientes de que con ese mismo  espíritu innovador los renovemos y fortalezcamos  para beneficio  nuestro y de la convivencia social en general. 

El reto por el valor fundamental de la justicia sigue ahí, invitando, esperando y fortaleciéndose cada día con el temperamento y carácter de  los abogados que enaltecen su ejercicio con  una conducta ejemplar.  

No entenderíamos completada esta faena de experiencias,  sin hacer una breve referencia al aspecto económico de la profesión.  Durante  la formación algunas veces se tiene como objetivo principal  el lograr beneficios económicos trascendentales con su  ejercicio.  

Algunos piensan en tornarse en millonarios una vez  inicien la práctica profesional.   Realmente, a menos de que se realicen conductas reprochables  o al margen de la ley,  eso en el mundo de la realidad no ocurre por el solo hecho de ejercer la profesión.  

Definitivamente,  que como en toda profesión,  el éxito económico depende de una serie de factores.  Pero lo importante es no perder el norte de que la finalidad esencial de nuestra profesión es la del servicio a la justicia y a los valores que la hacen posible. 

Si observando y  cumpliendo  con todos esos valores y desarrollando una conducta con total apego a la Ética, con trabajo, dedicación y entrega   se generan condiciones económicas  favorables,  pues eso no es nada mas ni nada menos que el premio a la excelencia del servicio y entrega que debe ser el cometido de todos los abogados.

No podemos dejar de mencionar tampoco que es muy importante que  todos nos mantengamos alertas por alguna tendencia que hemos notado de tratar de excluir a los abogados de algunos trámites que forman parte del ejercicio profesional. 

Por ejemplo, ante las autoridades de comercio para los efectos de permisos de operación,  ya no se exige la representación de abogados. 

En los trámites de Registros Sanitarios hubo una intentona que por lo pronto  hemos conjurado, y finalmente,  en los trámites migratorios se pretende muy sutilmente y algunas veces abiertamente,  tratar no solo de eliminar los requisitos de representación profesional sino que mediante  expresiones oficiales  se formulan cargos  donde se pretende desprestigiar injustificadamente  a los abogados que gestionan en  área del derecho migratorio, todo lo cual constituye además,  una práctica antiética,   porque generalmente proviene de  funcionarios abogados que debieran ser mas mesurados en sus afirmaciones,  ya que formulan imputaciones que involucran  a todos los abogados, cuando su deber es presentar las denuncias y comprobar individualmente  lo que corresponde,  ya sea ante el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados o  frente a las autoridades del Ministerio Público.  

De modo tal, que hay que luchar para que se abandone ese interés o tendencia que hemos percibido últimamente  de ir limitando sin razón alguna el campo de ejercicio de los profesionales del derecho.  

Entendemos que el reto es grande.  Pero grande también es el corazón del que ama la justicia y oficia dignamente  en el templo donde  por su dedicada formación,  entrega y sacrificios,  solo pueden hacerlo  los juristas.   Espero y confío y es más,  abrigo la firme convicción  de que todos  ustedes transitarán por ese  tan noble y  esperanzador camino,  y espero con renovado entusiasmo que así sea.

Gracias. 
 
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